Bernardo Bátiz V.
Hay en realidad, alrededor del tema del petróleo y el intento de reprivatizarlo, dos debates diferentes y en ámbitos distintos. Uno se da en el patio del viejo convento donde se encuentra la sede del Senado, y el otro, en los medios de comunicación, en las calles, en las reuniones de brigadistas, en las pláticas de cafés y en todas partes.
El primero, bajo reglas de cierta equidad; se concede la palabra en forma alternada a los defensores del pro o del contra, y quienes escuchan en los pocos lugares destinados para ello en el propio patio, o quienes pueden ver en televisión por cable los debates, verifican que los limpios y los rudos tienen tiempos similares para hablar y exponer, y la contienda de ideas se desarrolla sin ventajas para unos o para otros. En este ámbito, quienes han seguido con atención lo que se ha dicho ahí dan, casi por unanimidad, el triunfo a los que se oponen a la privatización y por ello a las reformas propuestas.
Especialmente en el tema crucial de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las propuestas, ha quedado bien claro de qué lado está la razón; los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, leídos de buena fe, son lo suficientemente nítidos, expresan con precisión lo que el legislador quiso ordenar y su interpretación debe ser, por tanto, la interpretación literal, la del sentido común, porque sus palabras no dan lugar a dudas. Por ejemplo, cuando el 27 dice: “Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radiactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la ley reglamentaria respectiva”. ¿Hay alguna duda? En realidad no, el texto dice con precisión qué es lo que no se puede hacer en esa materia, otorgar concesiones o contratos, y aclara la intención del constituyente: la nación llevará a cabo la explotación de esos productos.
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